Bupa + Protección
Seguro Bupa + Protección
- Amplía tu cobertura Fonasa y accede a atenciones en la Clínica Bupa Santiago y todos los centros IntegraMédica
- Accede a diferentes coberturas según clínicas o centro médicos que elijas.
- Hasta 80% de cobertura sobre copago en cobertura hospitalaria y 70% en ambulatoria.
- Incluye extensión de cobertura catastrófica hasta 100% de cobertura sobre el copago en enfermedades, cirugía o hospitalizaciones graves.
Coberturas Hospitalarias y cirugías
Desde
(*) UF 0,75 mensual.
$29.847*
Valor Referencial(*) UF 0,75 mensual.
- Bupa + Protección 70-25
- Bupa + Protección 70-70
- Bupa + Protección 80-70
PDF del plan
PDF del plan
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BENEFICIOS
Coberturas hospitalarias y cirugías
- Hospitalización y cirugías
- Cobertura Oncológica
- Prótesis y Órtesis
- Medicamentos, insumos y materiales clínicos en hospitalizaciones
- Cobertura de maternidad
- Ambulancia terrestre (para conducir al Asegurado desde y hacia un hospital local, dentro de un radio máximo de 50 Kms.)
Coberturas Ambulatoria
- Consultas de medicina general presenciales
- Vídeoconsultas de medicina general y especialidades
- Consultas y atenciones de urgencia**
- Consultas médicas de especialidad presenciales*
- Exámenes simples y complejos de imagenología y laboratorio
- Procedimientos diagnósticos y terapéuticos simples y complejos
- Médicos de Staff asociado al prestador (*) No cubre psicología ni psiquiatría
(**) No incluye medicamentos ni insumos
Seguro Catastrófico de Salud
- Extensión catastrófica 100% de cobertura hasta UF 9.500
- Protección ante enfermedades como cáncer, cirugías u hospitalizaciones de alto costo.
- Se activa una vez consumida tu cobertura base de UF 500.
Seguro de Vida
- Seguro de muerte por causa accidental con cobertura de hasta UF 500
- La indemnización la recibirá tu familia.
REQUISITOS
Requisitos de asegurabilidad
- Estar afiliado a Fonasa (tramos B, C o D)
- Completar formulario DPS (Declaración Personal de salud)
Edad de ingreso
- Asegurado contratante: desde los 18 hasta los 75 y 364 días.
- Asegurado dependiente: desde los 14 días a 75 años y 364 días.
Edad de permanencia
- Asegurado contratante: sin límites de edad.
- Asegurado dependiente: sin límites de edad.
